. . .VISTO

El Expediente Nº 016-E-2017 iniciado por Mensaje Nº 020/17 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se solicita la aprobación del Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salto y el Sr. Aldo Jorge Piñeiro;

QUE el mismo tiene por objeto concretar la ejecución de un Proyecto de Urbanización, a emplazarse en el inmueble designado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION II, SECCION B, CHACRA 148, PARCELA 1, MATRICULA Nº 7320, de nuestra Ciudad;

QUE el mismo se lleva a cabo en el marco de la adhesión al Régimen de la Ley Nº 14.449, que establece en sus Artículos Nº 55 y Nº 56 que “a los fines de esta Ley se denomina consorcio urbanístico a la forma de ejecución de proyectos de urbanización o edificación, conjuntamente entre organismos gubernamentales y actores privados. Sean estos personas físicas o jurídicas, aportando cualquiera de ellos, inmuebles de su propiedad y el otro las obras de urbanización o de edificación, y que luego de la realización de las mismas cada parte recibe como compensación por su inversión, unidades inmobiliarias debidamente urbanizadas y/o edificadas”;

QUE se han cumplido con todos los requisitos legales exigidos para llevar adelante la ejecución del consorcio, aún los exigidos por este Cuerpo Legislativo tras el primer estudio realizado, que fueron agregados como “Anexo Complementario”, obrante a fojas 49 a 51 del Expediente Nº 4099-33079/17 o Nº 016-E-2017;

QUE el Director de Asuntos Legales de la Municipalidad, en su Dictamen Nº 159/17, manifiesta que “habrían quedado saldadas” las observaciones realizadas por el Cuerpo, correspondiendo elevar las actuaciones al Concejo para la prosecución de las tramitaciones;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBANSE en todos sus términos el CONVENIO DE CONSORCIO URBANISTICO obrante a fojas 35 a 37 y su ANEXO COMPLEMENTARIO obrante a fojas 49 del Expediente Nº 4099-33079/17 o Nº 016-E-2017, firmado entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y el Sr. PIÑEIRO, Aldo Jorge, D.N.I.: 10.094.677, en el marco de la Ley Nº 14449 de Acceso Justo al Hábitat, reglamentada por Decreto Nº1062/13.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de Febrero de 2017 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Abril de 2017.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Abril de 2017.-

 


Expediente 016-E-2017
Ordenanza 033/2017