…VISTO

La aplicación y requisitos de adminisibilidad de la tarifa social respecto a los usuarios de energía eléctrica, las resoluciones del organismo de control al respecto y los reclamos de los usuarios, vecinos del partido de Salto; y

 

…Y CONSIDERANDO

QUE la tarifa social fue concebida para que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad paguen un precio más bajo por los servicios públicos, entre ellos el de energía eléctrica;

QUE el OCEBA, es el órgano de control de la Provincia y quien define cuáles son las tarifas sociales a aplicar;

QUE quienes están en situación de mayor vulnerabilidad deben poder contar con la información y colaboración de las cooperativas a fin de poder alcanzar el beneficio;

QUE algunos vecinos reclaman no poder acceder al beneficio de la tarifa social considerando, por distintos motivos, que deben estar comprendidos en ella;

QUE también es necesario que las entidades informen acerca del cumplimiento de las resoluciones Nº 0167/18 y 0196/18 dictadas por el OCEBA;

QUE es necesario dar respuesta a las consultas de los vecinos desde este Concejo Deliberante, y por tratarse de un servicio público estamos facultados a hacer un pedido de informes;

 

…POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

M I N U T A    D E   COMUNICACIÓN

ARTICULO 1°-  Requerir a las Cooperativas eléctricas y/o de servicios del partido de Salto la siguiente información:

1.- Cantidad de usuarios que a la fecha se encuentran recibiendo el beneficio de la tarifa social.-

2.- Cantidad de usuarios sin identificar o sin datos.-

3.- cantidad de usuarios sin atributos.-

4.- Políticas y/o medidas llevadas a cabo  respecto a usuarios en situación “sin identificación “y/o “sin atributos”.-

5.- Cantidad de potenciales Usuarios con derecho a recibir la tarifa social sobre los que se ha informado al organismo de control OCEBA.-

6.-       Cantidad de usuarios comprendidos en el régimen de electro- dependientes.-

7.- Información brindada a los usuarios respecto de la circular 196/18 del OCEBA.-

ARTICULO 2°- Asimismo se requiere informen sobre el cobro de los rubros identificados como “Aporte de Capital” para todas las categorías de usuarios alcanzados así como el  destino de los fondos recaudados en ese concepto.-

ARTICULO 3°- De los informes presentados se dará desde este Concejo Comunicación al Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (O.C.E.B.A.).-

ARTICULO 4º– Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los ocho días del mes de Agosto del año 2018.-

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Julio de 2018 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Agosto de 2018.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Agosto de 2018.-

 

 

 


Expediente 177-D-2018
Ordenanza 003/2018