VISTO. . .

La Ley Nacional de Transito Ley n° 24.449, Art. 29, 34, 48, entre otros.

La Ordenanza n° 137/2012, Ordenanza General de Tránsito.

La Ordenanza n° 114/22 que declara la Emergencia Vial en la Ciudad de Salto.

La Ordenanza 168/2007 sobre Ruidos Innecesarios, Art. 3 y 4.

 

. . .CONSIDERANDO

La ausencia de los requerimientos básicos para circular (sistema de iluminación, frenos, espejos, gomas, amortiguadores, etc.)

La precariedad en la documentación del conductor y falta de control de dicha documentación para circular por parte del municipio, así como la flexibilidad al momento de multar.

La falta de control en la utilización de casco protector obligatorio y la flexibilidad al momento de multar.

La ausencia de cumplimiento de las normas de revisión técnica obligatoria y la falta de control sobre ello por parte del municipio.

La ausencia de control relativa al sentido de circulación de las calles, especialmente en las entradas y salidas de las estaciones de servicio.

La falta de control en la emisión de sonido provocado por los motovehículos con escapes no reglamentarios.

Las carreras clandestinas (picadas) realizadas sobre la costanera, y las Rutas N° 191, 31 y 32.

Que los ruidos provocados por los escapes no reglamentarios afectan a toda la población, siendo más vulnerables las personas con discapacidad y los animales.

La situación del tránsito en general.

Que la realidad nos demuestra que es menester generar con suma urgencia políticas públicas orientadas a disminuir esta problemática que afecta negativamente la calidad de vida de los vecinos.

 

Que para poder afrontar la problemática es necesario conformar un ámbito de abordaje de manera integral sostenido en el tiempo.

 

COMUNICACION

ARTÍCULO 1ºSolicítese al Poder Ejecutivo para que, con carácter de urgente, incremente en cantidad y rigurosidad los controles de tránsito sobre las problemáticas abarcados en esta minuta comunicación.

 

ARTÍCULO 2º – Envíese copia de este Expte. Al Juzgado de Faltas Municipal.

 

ARTICULO 3ºComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.–

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia Recibida en Sesión Ordinaria de fecha 05 de Marzo de 2024 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos. –

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Marzo de 2024.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Marzo de 2024.-