. . .VISTO

Los recientes y reiterados hechos de inseguridad ocurridos en distintos puntos de la ciudad y en las localidades que componen el partido de Salto, generando una creciente preocupación entre los ciudadanos del distrito y;

 

. . .CONSIDERANDO

QUE la seguridad ciudadana es un derecho fundamental y una de las principales responsabilidades del estado en sus diferentes niveles de gobierno, constituyendo una función indelegable conforme la normativa vigente;

QUE en las últimas semanas se han registrado denuncias públicas y en redes sociales sobre robos, hurtos, hechos de violencia y otros delitos que afectan directamente y de forma negativa en la calidad de vida de los habitantes de Salto;

QUE resulta fundamental conocer las acciones que desde el Departamento Ejecutivo Municipal se están llevando adelante en materia de prevención del delito, coordinación con fuerzas policiales, fortalecimiento del sistema de monitoreo y respuesta ante emergencias. Que no existen en este Cuerpo registros ni información respecto a esta temática;

QUE el Concejo Deliberante tiene la atribución y el deber de ejercer control y seguimiento sobre las políticas públicas locales, incluyendo aquellas relacionadas con la seguridad;

QUE es de interés para la comunidad conocer si existe un plan de seguridad municipal, su alcance, recursos y resultados obtenidos hasta la fecha. Siendo que la publicidad de los actos de gobierno es un requisito fundamental para la validez de los mismos;

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

 

COMUNICACIÓN

 

ARTÍCULO 1º – SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, que informe a la mayor brevedad posible a este Honorable Concejo Deliberante si actualmente se encuentra en ejecución un plan de seguridad municipal. –

 

ARTÍCULO 2° – En caso afirmativo, remítase copia del mencionado plan especificando:

  1. Objetivos generales y específicos del plan
  2. Barrios o zonas priorizadas por índice delictivo o riesgo
  3. Recursos humanos y materiales afectados (personal, móviles, etc.)
  4. Convenios vigentes con fuerzas policiales provinciales
  5. Estrategias de prevención del delito implementadas
  6. Resultados o estadísticas reales oficiales desde su implementación
  7. Cantidad total de cámaras de seguridad a cargo de la Secretaría de Monitoreo
  8. Cantidad total de cámaras de seguridad a cargo de la Secretaría de Monitoreo en funcionamiento al día de la fecha
  9. Localización de todas las cámaras de seguridad a cargo de la Secretaría de Monitoreo
  10. Convenios con las fuerzas de seguridad nacionales y/o estrategias conjuntas

 

ARTÍCULO 3° – Invítese al Secretario de Seguridad de nuestra ciudad a concurrir a una Sesión del Concejo Deliberante o a una reunión de comisión a fin de brindar un informe pormenorizado y responder consultas de los concejales. –

 

ARTÍCULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADA Ingresado como Correspondencia Recibida en Sesión Ordinaria de fecha de 22 de octubre de 2025 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Derechos Humanos y Seguridad. –

 

SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de noviembre de 2025. Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de noviembre de 2025.-