. . .VISTO

El Expediente Nº 055-D-2012 iniciado por nota del Sr. Matías Colombi; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo el Sr. Matías Colombi, en su carácter de socio-gerente de la empresa Sol del Río S.R.L. solicita autorización para la construcción de una dársena para descenso y ascenso de pasajeros en el establecimiento Sol del Río Appart Hotel (exHospital ADOSS);

QUE del informe de la Dirección de Tránsito y Control Urbano, obrante a fojas 6 del presente Expediente, se desprende que no se puede acceder a lo peticionado, no solo porque la Ordenanza en vigencia de Tránsito prohíbe estacionar sobre la mano izquierda sino además por encontrarse frente a un establecimiento educativo de envergadura como lo es la Escuela Nacional Gral. San Martín;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – DENIEGASE la solicitud presentada por el Sr. Matías Colombi de construir una dársena de ascenso y descenso de pasajeros en el establecimiento Sol del Río Appart Hotel (ex Clínica ADOSS), por los motivos expuestos en el exordio.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticinco días del mes de Abril del año dos mil doce.-

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de Febrero de 2012 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Abril de 2012.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Mayo de 2012.-

 


Expediente 055-D-2012
Ordenanza 013/2012