. . .VISTO

Las Ordenanzas Nº 052/2000 y Nº 089/2004 y sus modificatorias, por las que se reglamenta el otorgamiento y reconocimiento social a los ciudadanos saltenses; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE se trata de un vecino de nuestra Ciudad que a lo largo de los años se ha desempeñado en la actividad social y comercial de nuestro pueblo;

QUE es importante destacar que comenzó su actividad laboral en la localidad de Gahan como repartidor de pan en campos y estancias de la zona;

QUE años más tarde se traslada a Salto y abre la Confitería “La Ideal”, más tarde rotisería, donde trabajó con sus padres Don José, Mecha y su hermano Nelson;

QUE en el año 1976 comenzó a trabajar como viajante de la marca Terrabusi, mas adelante, Noel;

QUE en el año 1978 comenzó con ventas multimarcas en el local de calle Buenos Aires y al mismo tiempo tomó la distribución de Arcor. En el año 1989, la Empresa Arcor le pide la exclusividad de la distribución y se muda al local de calles Avda. Bartolomé Mitre y Azcuénaga;

QUE en el año 1991 inaugura la Sucursal en la Localidad de Pergamino;

QUE en el año 2001 abre las Sucursales de Junín y Pilar (esta última a cargo de su hijo Pablo);

QUE pensando en el porvenir y bienestar del espacio de trabajo, se desarrolla la construcción de los propios depósitos (esto incluye Pilar, Pergamino, Salto y Junín) con una perspectiva sustentable, que se adapta a las nuevas demandas económicas y sociales;

QUE supo ser Presidente del Club Náutico Salto por más de 10 años, donde se lo podía ver durante los fines de semana cortando el césped de la cancha de fútbol, porque entendía que el Club era su segunda casa;

QUE su acompañamiento a las gestiones realizadas por el Municipio para la radicación de la Empresa Arcor en nuestra Ciudad, resultó de suma importancia;

QUE cumple con el paradigma de la responsabilidad social empresaria al manifestar un compromiso activo con su comunidad de origen y con las buenas prácticas ambientales;

QUE su empresa genera más de doscientas fuentes de trabajo directas y un considerable número de empleos indirectos;

 

 

QUE ha demostrado su altruismo desde el anonimato al colaborar permanentemente con instituciones sociales y comunitarias;

QUE es necesario reconocer a aquellas personas oriundas de nuestro pueblo que a lo largo de los años han contribuido activamente con el bienestar social, económico y ambiental de la comunidad;

 

.. .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – DECLARASE “CIUDADANO DISTINGUIDO DE SALTO” al Sr. MARIO H. BASTARI.-

 

ARTICULO 2º – ENTREGUESE réplica del Escudo de Salto y copia del presente Decreto al Sr. Mario H. Bastari.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Junio del año dos mil veintidós.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Junio de 2022 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Junio de 2022.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de Junio de 2022.-