. . .VISTO

La dedicación y aprobación social del ciudadano Dante Marino Rosell, D.N.I.: 27.937.864; Y

 

. . .considerando

QUE el mencionado ciudadano desde el año 2013 hasta la fecha, dedica parte de su tiempo diariamente a izar y guardar la Bandera Nacional de todos los mástiles de la Localidad de Arroyo Dulce;

QUE dichas Banderas son confeccionadas y repuestas desde su economía personal;

QUE dicho acto no cesa a pesar de las inclemencias climáticas;

QUE es esto una muestra de Patriotismo y una fuente de inspiración para futuras generaciones;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – DECLARASE “CIUDADANO DISTINGUIDO DE SALTO” al Sr. DANTE MARINO ROSELL, D.N.I.: 27.937.864.-

 

ARTICULO 2º – OTORGUESE réplica del Escudo del partido de Salto y copia del presente Decreto al Sr. Dante Marino Rosell.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticuatro días del mes de Junio del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 1º de Marzo de 2018 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Junio de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 25 de Junio de 2020.-