. . .VISTO

Las Ordenanzas Nº 052/2000, 089/2004 y 023/2017; y

. . .CONSIDERANDO:

QUE dichas normas establecen y reglamentan las figuras existentes en el Partido de Salto para distinguir el accionar o trayectoria de individuos e instituciones.

QUE la emergencia sanitaria declarada a causa de la pandemia del Covid-19 generó el desarrollo y la ejecución de operativos preventivos y de emergencia que involucraron a gran parte del recurso humano municipal asignado al Hospital, las Salas de Atención Primaria de la Salud y a las Unidades Sanitarias ubicadas en las localidades del Distrito.

QUE en el mismo sentido el personal policial que cumple funciones en la Estación de Policía Comunal, Comando de Prevención Rural y Destacamentos ubicados en las localidades del Partido de Salto ha estado abocado desde el comienzo del ASPO a tareas de control y prevención en materia de seguridad ciudadana.

QUE asimismo otras reparticiones del Gobierno Municipal, como la Dirección de Tránsito y Control Urbano, el Centro de Monitoreo y Vigilancia Urbana, la Dirección de Bienestar Social y Defensa Civil son parte de programas esenciales para la sustentabilidad de la situación imperante, mediante la realización de acciones como operativos de control vehicular, programas de asistencia alimentaria, Programa DETecTAr, entre otros.

QUE igualmente los bomberos voluntarios de las distintas localidades de nuestro partido han realizado, asistencias,  desinfecciones periódicas de las aceras y en distintas ocasiones realizaron el traslado en sus ambulancias y con su personal de pacientes relacionados con el covid-19.

QUE la totalidad de los actores descriptos realizan funciones clave para el cumplimiento de los objetivos trazados por el Comité de Emergencias Municipal sobre el Covid-19 en las diferentes áreas que competen al mismo.

QUE ante estas situaciones descriptas cabría el otorgamiento del Reconocimiento Legislativo al Mérito Civil, establecido en la Ordenanza Nº 023/2017.

 

… POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º –  Concédase el “Reconocimiento Legislativo al Mérito Civil” a los trabajadores y trabajadoras sanitarios, sociales, policiales y municipales afectados a operativos de emergencia en el marco de la Pandemia Covid-19.

 

ARTICULO 2º –  Otórguese copia del presente decreto a la Secretaría de Salud, Dirección del Hospital Municipal, Secretaría de Seguridad, Dirección de Atención Primaria de la Salud, Dirección de Bienestar Social, Jefatura de Policía Comunal, Comando de Prevención Rural y Comité de Crisis Municipal, Cuerpos de Bomberos de las Localidades de Inés Indart, Gahan y Arroyo Dulce

 

ARTICULO 3º –  Autorizase al D.E a colocar una placa recordatoria en el lugar que se determine oportuno para que las futuras generaciones de saltenses puedan recordar y valorar el esfuerzo de los servidores públicos en las actuales circunstancias extremas.

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Julio del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Julio de 2020. Fue solicitado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de Julio de 2020.-