. . .VISTO:

               El Expediente Nº 254-E-2011 iniciado por Mensaje Nº 208/11 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

                   QUE por el        mismo los Sres. Sergio Ricardo Diógenes y Marisa Lorena Rodríguez solicitan escriturar  la Vivienda Nº 41 del Barrio 57 Viviendas Sub-Plan Federal de esta ciudad, gravando con derecho real de hipoteca a favor del Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires el mencionado inmueble por el saldo del precio de las cuotas que se adeudan;

QUE la Vivienda se encuentra en condiciones técnicas de ser transferidas;

QUE a fojas 14 obra el Certificado correspondiente al pago de tasas municipales, de la Vivienda Nº 41 del barrio 57 Viviendas Sub-Plan Federal de  esta ciudad y a fojas 15 Certificado de constancia de pago de las cuotas al día de la fecha;

QUE a fojas 41 obra el Dictamen Nº 617/11 de la Dirección de Asuntos Legales, donde expresa que “los requirentes se encontrarían en condiciones de acceder a lo peticionado”

QUE la escrituración se realizará por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, obrando a fojas 22 la correspondiente encuesta socio-económica;

…POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir  la ESCRITURACION de la Vivienda Nº 41 del Barrio 57 Viviendas Sub-Plan Federal de la Ciudad de Salto, identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION II, SECCION A, CHACRA 16, MANZANA 16 g, PARCELA 12, según Plano de Mensura y División Nº 67-49-98, a favor de los Sres. DIOGENES, Sergio Ricardo, D.N.I.: 22.378.190 y RODRIGUEZ, Marisa Lorena, D.N.I.: 27.329.164.-

 

ARTICULO 2º – En el mismo Acto Escritural se procederá a gravar con derecho real de hipoteca, con las previsiones notariales del caso, a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires por el monto total de las cuotas adeudadas, el inmueble mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º.  Declarase de INTERES SOCIAL la Escrituración del inmueble mencionado en el Artículo 1ro., la que se realizará por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As.-

 

ARTICULO 4º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintinueve días del mes de Febrero del año 2012.-

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Noviembre de 2011 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de Febrero de 2012.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 06 de Marzo de 2012.-

 

 

 

 

 


Expediente 254-E-2011
Ordenanza 005/2012