EXPEDIENTE Nº 019-E-2014.-

… VISTO: las actuaciones contenidas en Expte. 19-E-2014, elevado por el  D. E. mediante mensaje 004/14; y

 

.CONSIDERANDO:

 

Que en las aludidas actuaciones, iniciadas por el Presidente del Consejo Escolar de Salto, se peticiona destinar a espacio para esparcimiento y recreo del alumnado de los establecimientos educacionales a construirse: a) Escuela Primaria, y b) Jardín de Infantes JI AC, en ambos casos situados en ala Mza 97f, de la Circ. II, Sec. B, Cha 97, de Salto, con frente a la Avda. Antártida Argentina;

 

Que si bien el espacio requerido está destinado actualmente a uso público, con prohibición de elevar construcciones, modificar su afectación con el destino peticionado implica mantener las características de uso del suelo, aunque reservando su uso para el alumnado de los establecimientos a habilitarse;

 

Que, por su parte, todo establecimiento educativo debe contar con un sector destinado a recreo de los alumnos;

 

Que la Avda. Antártida Argentina registra una nutrida circulación de tránsito vehicular, integrado incluso por camiones, circunstancia que obliga a tomar precauciones en norte a preservar la integridad de los alumnos, evitando zonas de riesgo.

 

POR ELLO, el H.C.D., en uso de las atribuciones que le son propias, sanciones la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Dispónese la desafectación como espacio de uso público el sector con frente a Av. Antártida Argentina, entre calles A. Storni y J.C. Salaverry, de la Mza 97f., Circ. II, Sec. B, Cha 97, de ésta Ciudad, con una superficie de 860,44mts2.-

 

Artículo 2: Cédese en propiedad al Dirección General de Cultura y Educación, el espacio referido en el artículo 1ro.-

 

Artículo 3º: El segmento concedido deberá destinarse en forma exclusiva para el funcionamiento de sector de recreo para el alumnado concurrente a los establecimientos educacionales a construirse en la Manzana 97.f.

 

Artículo 4º: Dispónese, como cargo adicional, que el sector otorgado deberá permanecer como espacio verde libre de construcciones, sin perjuicio de la instalación de alambrado perimetral.

 

Artículo 5º: Facultase al D.E. a transferir a titulo gratuito a la Dirección General de Cultura y Educación el inmueble individualizado en el art. Primero, otorgándose la respectiva escritura traslativa por intermedio de Escribanía Gral. de Gobierno, en mérito a la naturaleza pública de las instituciones intervinientes.

 

Articulo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto: Cumplido; archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto en la Sesión Extraordinaria de fecha quince de enero de dos mil catorce.-

 

ENTRADA: En la Sesión Extraordinaria de fecha quince de enero de dos mil catorce, como Asuntos Entrados y solicitado su tratamiento sobre tablas y aprobado el mismo por la unanimidad del Cuerpo Legislativo.-

 

SALIDA: En la Sesión Extraordinaria de fecha quince de enero de dos mil catorce el Proyecto fue aprobado por la unanimidad del Cuerpo Legislativo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 20 de enero de 2014.-

 


Expediente 019-e-2014
Ordenanza 009/2014