. . . VISTO

El informe elaborado por el Secretario de Infraestructura, Viviendas y Servicios Públicos del Departamento Ejecutivo; y

. . . CONSIDERANDO

QUE, del informe mencionado, se desprende, que han cambiado las modalidades de los planes del PRO.CRE.AR;

QUE, se ha incorporado una nueva modalidad (Construcción de vivienda), que no esta prevista en las Ordenanzas 178/2014 y 155/2015;

QUE, a los fines necesarios, resulta imprescindible modificar la Ordenanza mencionada;

. . .POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – MODIFICASE el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 178/2014 y sus modificatorias, el que quedara redactado de la siguiente manera:

 

ARTICULO 3º: Los terrenos solo podrán ser destinados a la construcción de vivienda única familiar de ocupación efectiva y permanente de o de los adquiriente/s en la modalidad y condiciones establecidas en el Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la vivienda única familiar (Pro.Cre.Ar), modalidad “COMPRA DE TERRENO Y CONSTRUCCION DE VIVIENDA” Y “CONSTRUCCION DE VIVIENDA”, exceptuándose la Parcela ubicada en la CIRCUNSCRIPCION  II, SECCION A, CHACRA 1, MANZANA 1f, PARCELA 10 (según consta en plano de subdivisión), que será destinado a la construcción de un establecimiento comercial, quedando expresamente prohibido la construcción de un establecimiento comercial, quedando expresamente prohibido la construcción de otro tipo de establecimiento. La mencionada parcela deberá destinarse a una sola explotación comercial, tipo Superet o Supermercado. Establecese la prohibición de la subdivisión de la parcela mencionada, a fines de evitar la radicación de mas establecimientos comerciales”.

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los un días del mes de Abril del año dos mil dieciséis.-

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de Marzo de 2016 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 1º de Abril de 2016.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 06 de Abril de 2016.-

 


Expediente 039-D-2016
Ordenanza 020/2016