. . .VISTO

                        La Ordenanza Nº 071/2006 por la cual se facultó al Departamento Ejecutivo a suscribir la escritura traslativa de dominio del inmueble Vivienda Nº 5 Barrio Pro-Casa IV de la Localidad de Inés Indart a favor del Sr. Antonio Alejandro Bohn; y

 

. . .CONSIDERANDO

                        QUE  a la fecha el Sr. Bohn no ha podido escriturar, por problemas de subdivisión de Parcelas;

QUE la Escribanía General de Gobierno puede llevar adelante la escritura traslativa de dominio, dándole solución al problema existente;

                        QUE es necesario modificar el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 071/06, por el cual el Sr. Bohn se hacía cargo de los gastos de escrituración;

 

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – MODIFICASE el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 071/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 2º – La Escrituración se llevará a cabo por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, declarándose la misma de “Interés Social”.

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

*Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los catorce  días del mes de Marzo del año dos mil siete.- 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

                     En SESION ORDINARIA de fecha 26 de Abril de 2006 y girado a las Comisiones de Leg., Int. y Acdos. y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

 

 

SALIDAS

                 En SESION EXTRAORDINARIA de fecha 14 de Marzo de 2007, dicho proyecto fue fundamentado y aprobado en general y en particular por unanimidad por el Honorable Cuerpo.

Remitimos copia al Departamento Ejecutivo,  por nota de estilo de fecha 19 de Marzo de 2007.-