. . .VISTO

El Expediente Nº 049-E-2020 iniciado por Mensaje Nº 030/20 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE se trata de una Addenda modificatoria al Convenio Marco de Implementación de Acciones en Materia de Seguridad Vial y al Acuerdo Complementario Nº 1, suscripto entre la Municipalidad de Salto y la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por Ordenanza Nº 105/2013, sancionada en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2013 y promulgada mediante Decreto Nº 1040/13 del Departamento Ejecutivo;

QUE la misma tiene por objeto prorrogar el Convenio Marco firmado oportunamente, como así también renovar automáticamente la presente Addenda por períodos de DOS (2) años, siempre que ninguna de las partes comunique con previo aviso de SESENTA (60) días la voluntad de rescindirlo;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos la ADDENDA al Convenio Marco y el Acuerdo Complementario Nº 1 suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO  y la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y aprobado por Ordenanza Nº 105/2013, sancionada por este Cuerpo Deliberativo con fecha 10 de Julio de 2013.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los once días del mes de Marzo del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Marzo de 2020. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 16 de Marzo de 2020.-