. . .VISTO

El Expediente Nº 300-E-2014, iniciado por Mensaje Nº 206/14 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo los Sres. Carlos Rubén Di Marco y Sandra Bettina Difalco solicitaron autorización para suscribir a su favor, la escrituración de la Vivienda Nº 8 del barrio  28 Viviendas “Plan Solidaridad”;

QUE al respecto el Honorable Concejo Deliberante de Salto sanciona – con fecha 23 de Diciembre de 2014 –  la Ordenanza Nº 233/2014, promulgada mediante Decreto Nº 0010/2015 del Departamento Ejecutivo, con fecha 05 de Enero de 2015;

QUE enviado el presente Expediente a la escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para continuar con el trámite de la correspondiente escrituración;

QUE las actuaciones son devueltas a la Municipalidad de Salto, dado que no coincide la nomenclatura catastral de la Vivienda a escriturar, por haber sido modificado el Plano original, mediante Plano 67-7-2001, siendo la nueva nomenclatura Circunscripción II, Sección A, Chacra 16, Manzana 16 bb, Parcela 8, Partida Nº 19.905;

QUE enviado el presente Expediente nuevamente al Cuerpo Deliberativo, este sanciona – con fecha 11 de septiembre de 2019 – la Ordenanza Nº 185/2019, modificando el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 233/2014 y corrigiendo la nomenclatura catastral de la vivienda a escriturar;

QUE la norma legislativa mencionada precedentemente, fue promulgada mediante Decreto Nº 1455/19 del Departamento Ejecutivo;

QUE enviado el presente expediente a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para la prosecución del trámite, el área provincial devuelve el mismo, solicitando a fojas 106, los originales de las escrituras antecedentes y una norma legislativa que exprese la retrocesión de dominio a favor del Municipio, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacra 16, Manzana 16 e, Parcela 8, para culminar correctamente con el trámite;

QUE en esa dirección, este Cuerpo ha decidido modificar la Ordenanza Nº 185/2019 agregando un artículo que contemple lo solicitado por la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º– MODIFICASE la Ordenanza Nº 185/2019, la que quedará redactada de la siguiente manera;

 

“ARTÍCULO 1º – MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 233/2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir  la ESCRITURACION de la Vivienda Nº 8 del Barrio 28 VIVIENDAS “PLAN SOLIDARIDAD” de la Ciudad de Salto, identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION II, SECCION A, CHACRA 16, MANZANA 16 bb, PARCELA 8, Partida 19905, según Plano de Mensura y División Nº 67-07-2001, a favor de los Sres. DI MARCO, Carlos Rubén, D.N.I.: 21.955.953 y DIFALCO, Sandra Bettina, D.N.I.: 23.418.516.-

 

ARTICULO 2º – RESTITUYESE la tenencia a la Municipalidad de Salto, del inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION II, SECCION A, CHACRA 16, MANZANA 16 e, PARCELA 8, según Plano de Mensura y División 67-49-98.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los catorce días del mes de Abril del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Reingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de Diciembre del 2020 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Abril de 2021.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 16 de Abril de 2021.-