…VISTO

La falta de reglamentación para las DECLARACIONES DE INTERES solicitadas al Poder Ejecutivo y/o al Honorable Concejo Deliberante;

 

…CONSIDERANDO

QUE resulta necesario regular y ordenar las declaraciones de interés para ponderar la importancia y trascendencia de todo acto, acontecimiento, actividad y evento que se desarrollen en el territorio municipal;

QUE atento a las solicitudes de declaraciones de interés resulta relevante dictar una norma para dar a conocer a la comunidad, instituciones y organizaciones no gubernamentales las condiciones para requerir dichas declaraciones;

 

…POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º – Toda DECLARACION DE INTERES se regirá por las disposiciones de la presente ordenanza.-

 

Artículo 2º – Toda DECLARACION DE INTERES debe propender a la divulgación y desarrollo de conocimiento de carácter científico, ambiental, cultural, tecnológico, deportivo y cuya finalidad sea de evidente interés comunitario.-

 

Artículo 3º – Los actos que realizan áreas oficiales dependientes de la Municipalidad no podrán ser calificadas para estas DECLARACIONES DE INTERES.-

 

Artículo 4º – Se instituyen las diferentes figuras de reconocimiento de DECLARACION DE INTERES:

  1. De interés municipal: cuando sea necesario expresar y reconocer el interés del gobierno municipal en el proyecto que motiva la declaración.-
  2. De interés legislativo de Salto: cuando sea necesario expresar y reconocer el interés del Honorable Concejo Deliberante en el proyecto que motiva la declaración.-
  3. De interés de la comunidad de Salto: cuando sea necesario expresar y reconocer el interés del Honorable Concejo Deliberante y/o del gobierno municipal y el que, según se considere, tiene la comunidad sobre el proyecto que motiva la declaración.-

 

Artículo 5º– Los proyectos de DECLARACION DE INTERES podrán estar referidos a:

  1. Fiestas o celebraciones populares por su significación histórica, tradicional o de repercusión en la comunidad.
  2. Acontecimientos deportivos que impliquen la participación de delegaciones extranjeras o certámenes de trascendencia.
  3. Congresos, seminarios, muestras, exposiciones o jornadas de las siguientes tematicas: científicas, de educación o culturales.
  4. Reconocimiento y/o homenaje a la trayectoria de: una institución, organización, grupo de vecinos, programa de radio y/o televisión.
  5. Reconocimiento y/o promoción de actividades, proyectos, o eventos que beneficien a la comunidad organizados por una institución, organización no gubernamental o grupos de vecinos.
  6. Libros, revistas, páginas web de las siguientes temáticas: ciencia, educación, cultura, y/o toda temática centrada en el partido de Salto.

Artículo 6º– La solicitud formulada por nota de DECLARACION DE INTERES deberá ser ingresada con una anticipación de quince (15) días del acto, actividad o evento ante la mesa de entrada del Palacio Municipal o del Honorable Concejo Deliberante, y deberá ser fundamentada explicando razones y objetivos describiendo la importancia del acto, actividad o evento para la ciudad, y adjuntar la documentación del solicitante descripta en el artículo Nº 7.

 

Artículo 7º- Documentación. Se deberá adjuntar a la solicitud de DECLARACION DE INTERES la siguiente documentación:

  1. Para ONG o Instituciones: copia de resolución que otorga la personería jurídica. Resumen de actividades que desarrollan, descripción del evento, fecha de inicio y finalización, programa de actividades.
  2. Para grupos de vecinos sin constitución legal: la solicitud de declaración debe estar avalada por un mínimo de veinte (20) firmas de ciudadanos con residencia en nuestra ciudad.

 

Artículo 8º- Delegase al Poder Ejecutivo mediante fundada decisión la facultad de otorgar el reconocimiento de DECLARACION DE INTERES referidos en el articulo Nº 5.

 

Artículo 9º – La DECLARACION DE INTERES referidos en el artículo Nº 5, no significará compromiso de gasto alguno a cargo de la Municipalidad, a excepción que el Departamento Ejecutivo decida acompañar dicha declaración con la colaboración económica o de apoyo material que se determine.

 

Artículo 10º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintiocho días del mes de Junio del año dos mil diecisiete.-

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Junio de 2017 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Junio de 2017.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 03 de Julio de 2017.-

 


Expediente 008-D-2000
Ordenanza 052/2000