. . .VISTO.

                La nota de la Comisión de Fomento del barrio “Polígono” solicitando autorización para la puesta en circulación y venta de bonos contribución; y

 

. . .CONSIDERANDO.

Que la misma es una Institución sin fines de lucro, cuya finalidad es fomentar las actividades culturales y sociales del barrio;

 

. . .POR ELLO:

                El honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.  Autorízase a la COMISION DE FOMENTO DE BARRIO “EL POLIGONO”  a la emisión y puesta en circulación y venta de MIL (1000) BONOS CONTRIBUCION a un valor de PESOS DIEZ   ($ 10.-) cada uno.-

 

ARTICULO 2º. Al finalizar la campaña la Comisión deberá rendir cuentas ante este H.C.D..

 

ARTICULO 3º.  Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-

 

ARTICULO 4º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos ; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto ; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los nueve días del mes de Mayo del año dos mil siete.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Abril de 2007 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y hacienda, presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Mayo de 2007.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Mayo de 2007.-