. . .VISTO

La situación de emergencia sanitaria ante la pandemia COVID- 19 y el creciente impacto negativo en materia económico-social que trae aparejado el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y;

 

. . .CONSIDERANDO:

QUE en momentos de emergencia sanitaria y socioeconómica de la excepcionalidad como los que estamos atravesando, es vital que todos los poderes y estamentos municipales funcionen de manera articulada;

QUE es necesario trabajar en instrumentos que faciliten y aceleren la respuesta del estado municipal;

QUE es indispensable un espacio en el cual las voces de todas las fuerzas del HCD  puedan dar su aporte constructivo al Ejecutivo Municipal y su equipo de trabajo, elaborando y articulando acciones complejas y de forma preventiva;

. . .POR ELLO:

 

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso, de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – CREASE el Consejo de Asistencia Social Municipal para la Pandemia Covid-19.

 

ARTICULO 2º –   El Consejo de Asistencia Social Municipal para la Pandemia Covid-19 será presidido por el Presidente del HCD y estará formado por:

  • Tres concejales
  • Un representante del Departamento Ejecutivo, cuya nominación será rotativa de acuerdo a criterios del mismo.
  • Presidente del Consejo Escolar, o quien lo represente.
  • Directores y Jefes de organismos nacionales y provinciales.
  • Presidentes de Comisiones de Fomento vigentes.
  • Representantes de organizaciones civiles y comedores.
  • Jefa Distrital.

El presidente del Consejo de Asistencia Social Municipal para la Pandemia Covid-19, será quien convoque a los participantes del Consejo de Asistencia Social Covid-19.

Será responsabilidad del presidente del H.C.D. garantizar las medidas de bioseguridad para la realización de las reuniones presenciales, así como el distanciamiento necesario entre los actores convocados.

Cuando el número de participantes de una reunión supere los16la misma no deberá ser en forma presencial, sino que se habilitará un sistema virtual de comunicación.

 

ARTICULO 3º – El presidente del Consejo de Asistencia Social Municipal para la Pandemia Covid-19 podrá solicitar la información y/o documentación relativa a las finalidades y tareas del mismo, como así también  requerir la presencia de las áreas del Departamento Ejecutivo que considere necesarias. El Departamento Ejecutivo definirá que funcionarios vendrán en representación.

 

ARTICULO 4º – El Consejo de Asistencia Social Covid-19 tendrá como finalidad:

  1. Analizar las necesidades básicas de los vecinos y vecinas del Partido de Salto en materia alimentaria y de abrigo.
  2. Evaluar el impacto económico y financiero de la pandemia Covid-19 para el Departamento Ejecutivo.
  3. Registrar los recursos del Banco de Alimentos Municipal del Partido de Salto.
  4. Promover políticas y acciones, de carácter no vinculante, tendientes a abordar la necesidad de asistencia alimentaria y abrigo en el Partido de Salto.

El Consejo de Asistencia Social Covid-19 tendrá entre sus tareas:

  1. a) La elaboración de diagnósticos, estadísticas e informes.
  2. b) Registro de instituciones que proveen de alimentos y abrigo a los vecinos y vecinas del distrito.
  3. c) Apertura de registro de productores, empresas, PYMES, comerciantes locales e individuos dispuestos colaborar con alimentos y ropa de abrigo que resulten necesarios.

 

ARTICULO 5º –  La periodicidad, horario de la reunión y participantes a convocar será responsabilidad del Presidente del Consejo de Asistencia Social Municipal para la Pandemia Covid-19.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los trece días del mes de Mayo del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Abril de 2020 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Salud, Higiene y Asistencia Social.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Mayo de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Mayo de 2020.-