EXPEDIENTE Nº 072-E-2017

 

. . .VISTO

La Resolución Nº 403/16 de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires crea la Red Provincial de Hogares de Protección Integral y el Sistema Integrado Provincial (SIP) para el abordaje de la problemática de la violencia familiar y de género;

 

. . .CONSIDERANDO

QUE  la mencionada resolución invita a los municipios a adherir al Sistema Integrado Provincial como una muestra de compromiso con el trabajo para prevenir y combatir la violencia de género;

QUE la Red Provincial de Hogares de Protección Integral está conformada por los dispositivos de alojamiento transitorio para víctimas de violencia familiar y de género que funcionen en jurisdicción de los municipios que adhieran al Sistema Integrado Provincial;

QUE, el Sistema permitirá relevar adecuadamente la información sobre dicha problemática, registrándola en forma ordenada y centralizada a efectos de diseñar, evaluar e implementar políticas públicas de asistencia y protección a las víctimas de violencia de género;

QUE el Sistema funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos Provincial;

QUE del informe producido por el Polo de la Niñez, la Familia y la Mediación Municipal surge que sería de suma importancia la adhesión del municipio al mencionado sistema a fin de abordar la problemática de la violencia de género de manera articulada e interinstitucional;

QUE mediante Dictamen Nº 181/17 la Dirección de Asuntos Legales estima que cabría elevar las actuaciones a este Honorable Cuerpo para otorgarle el marco legal correspondiente;

QUE la Municipalidad debe adherir a dicha resolución a los fines de hacerla operativa en el Distrito;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – ADHIERESE al Sistema Integrado Provincial, creado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires para prevenir y combatir la “VIOLENCIA DE GENERO”.-

 

ARTICULO 2º –  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veinticuatro días del mes de Mayo del año dos mil diecisiete.-

 

ENTRADAS

 

Ingresado Fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Abril de 2017 y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y defensa de los Derechos Humanos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado por la unanimidad del Honorable Cuerpo en general y en particular en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Mayo de 2017.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 30 de Mayo de 2017.-

 


Expediente 072-E-2017
Ordenanza 067/2017