. . .VISTO

                        El Expediente Nº 093-E-2009 iniciado por Mensaje Nº 078/09 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

                        QUE por el mismo se solicita la convalidación del Convenio firmado entre el Municipio de Salto y la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires por el cual el organismo provincial pone a disposición máquinas;

 

                        QUE a través del mencionado Convenio se realizará el mantenimiento en caminos rurales pertenecientes a la Red Vial Provincial dentro del Partido de Salto;

 

                        QUE es conveniente a los intereses municipales;

 

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos el CONVENIO suscripto entre la Municipalidad de Salto y la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, por el cual el mencionado organismo provincial pone a disposición máquinas y maquinistas para el mantenimiento de caminos rurales en jurisdicción del Partido de Salto.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dada n la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los ocho días del mes de julio del año 2009.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADA: En la Sesión Ordinaria de fecha 28 de mayo de 2009.-

 

SALIDA: En la Sesión Ordinaria de fecha 8 de Julio de 2009.- El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo Legislativo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 15 de julio del año 2009.-

 

 


Expediente 093-E-2009
Ordenanza 069/2009