. . .VISTO

La nota del Señor Intendente  Municipal, adjuntando Listado de Mayores Contribuyentes inscriptos en el Registro habilitado a tal efecto; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 94º Inciso 5, una vez remitido el Listado de Mayores Contribuyentes y comprobado el Cuerpo si los mismos reúnen las condiciones establecidas en la misma, este deberá ser aprobado en Sesión citada a tal efecto, debiendo tomar, cada grupo político, tantos Mayores Contribuyentes igual al doble de Concejales que integren dicho grupo político;

QUE se han cumplido con todas las disposiciones previstas en la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE la nómina de Mayores Contribuyentes elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco del Artículo 94º Incisos 1, 3 y 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los nueve días del mes de Junio del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Junio de 2021. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado por la unanimidad del Honorable Cuerpo en general y en particular.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 11 de Junio de 2021.-