VISTO…

                        El expediente 146-E-2016 iniciado por Mensaje Nº 126/16 del Departamento Ejecutivo, y

 CONSIDERANDO…

QUE se encuentra vinculado a la realización de una obra de rediseño y adecuación de instalación eléctrica en la Escuela Primaria Nº 16 de la Localidad de Arroyo Dulce, la que resulta de toda necesidad atendiendo a su estado actual;

QUE conforme las previsiones legales se efectuó el correspondiente llamado a Licitación Privada Nº 12/16, en merito al monto presupuestado de la obra y de acuerdo al Artículo 133º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

QUE abierto el acto licitatorio surge la presentación de un solo oferente conforme surge de fs. 71/72 del expediente en estudio;

QUE en consideración al destino donde habrá ejecutarse la obra resulta de imperiosa necesidad por lo obsoleto de la instalación y la necesidad de brindar mayor funcionalidad al inmueble;

QUE en tanto la única presentación de oferta se conjuga con la disposición del artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, mientras que por su lado a fs. 1 queda consignado que la financiación habrá de proveerse con el Fondo para la Educación, la Cultura, las Artes, la Ciencia y la Técnica, Ley Nº 14.393;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N  Z A

 

ARTICULO 1º –  Facultase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. BALAGUER, Sebastián Andrés, DNI: 27.329.040 la ejecución de la obra de rediseño y adecuación de instalación eléctrica en la Escuela Primaria Nº 16 de la Localidad de Arroyo Dulce, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECINUEVE CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 464.119,94).-

 

ARTICULO 2º –  La obra se asistirá con  el Fondo para la Educación, la Cultura, las Artes, la Ciencia y la Técnica, Ley 14.393, presupuesto fiscal 2013 de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º  – La Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad – sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar y Gestión Distrital dependiente de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones obrante a Fojas 62 a 77 del Expediente Nº 4099- 30.150/13 o Nº 042-E-2014, deberá efectuar el control de calidad de la obra durante el curso de ejecución.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintisiete días del mes de Junio del año dos mil dieciséis.-

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Junio de 2016 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de Junio de 2016.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Junio de 2016.-

 

 

 


Expediente 146-E-2016
Ordenanza 074/2016