. . .VISTO

El Expediente Nº 106-E-2021 iniciado por Mensaje Nº 076/2021 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo los Sres. Héctor Sellart y Matías Sellart solicitan un espacio físico de propiedad municipal en comodato, alquiler y/o con opción a compra en la Localidad de Inés Indart, para el desarrollo de un emprendimiento productivo;

QUE se trata de una Planta de Elaboración de Viruta de Madera para cama de cría de pollos parrilleros;

QUE los informes de las distintas áreas municipales con injerencia en el tema, son favorables para la instalación del mencionado emprendimiento;

QUE a fojas 5 del presente expediente obra un informe del Departamento de Catastro que hace saber sobre la existencia de un inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como Circunscripción VII, Parcela 1009ª, Lote 2 que reúne las características requeridas por los solicitantes y cuyo uso para la actividad descripta se encuentra permitido en el marco de las disposiciones de la Ord. 297/18.

QUE previo a la correspondiente habilitación municipal la Directora de Medio Ambiente recomienda realizar las pertinentes presentaciones ante el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible (O.P.D.S.);

QUE a fojas 20 a 21 la Dirección de Asuntos Legales incorpora un modelo del convenio a rubricar entre el Departamento Ejecutivo y la Empresa peticionante bajo la modalidad de arrendamiento.

Que en el marco de lo dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires es potestad de este Departamento Deliberativo autorizar el arrendamiento de los bienes públicos y privados municipales.

QUE el Tribunal de Tasaciones de la Municipalidad de Salto deberá fijar el canon mensual a cobrar por el arrendamiento del mencionado inmueble;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a arrendar a la Empresa “HECTOR SELLART Y MATIAS SELLART S.S.”, CUIT 30711593124, el inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION VII, PARCELA 1009 a, LOTE 2, de la Localidad de Inés Indart. –

 

ARTICULO 2º – Previo a la rúbrica del Contrato de Locación del inmueble mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, el Tribunal de Tasaciones Municipal deberá fijar el monto mensual del arrendamiento del mismo. –

 

ARTICULO 3º – El inmueble será destinado exclusivamente a la instalación de una Planta de elaboración de viruta de madera, no pudiendo los locatarios cambiar el destino del mismo. –

 

ARTICULO 4º – El producto de la recaudación del contrato de arrendamiento deberá destinarse a partidas que conformen el presupuesto recursos de la Delegación Municipal de Inés Indart.

 

ARTÍCULO 5º Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese. –

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los catorce días del mes de Julio del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Junio de 2021 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones  fue aprobado por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en general y en particular, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Julio de 2021.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 19 de Julio de 2021.-