. . .VISTO

Las atribuciones del H.C.D. en materia de seguridad e higiene, previstas en los Artículos 25º y concordantes con la Ley 6769/58 y sus modificatorias; y

 

. . .CONSIDERANDO

La necesidad de crear condiciones de seguridad suficientes en los establecimientos que alojan a personas de la Tercera Edad;

QUE estas personas son particularmente vulnerables a los riesgos que generan los lugares que los alojan sin suficientes protección;

QUE la actual reglamentación no permite cumplir acabadamente con ese objetivo;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – MODIFICASE el Artículo 17º infine de la Ordenanza Nº 093/2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 17º – Previo a la habilitación de inmuebles para la prestación de este servicio, el organismo municipal competente deberá requerir certificado expedido por Bomberos de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Delegación correspondiente, en el cual se certifique que se da cumplimiento a las normas de seguridad contra incendios y otros tipos de siniestros, prevista en la legislación provincial vigente”.-

 

ARTICULO 2º – Incorpórese como Artículo 17º bis de la Ordenanza Nº 093/2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 17º bis – Los inmuebles ya habilitados a esos efectos, dispondrán de un plazo de cuatro (4) meses, a contar de la promulgación de la presente Ordenanza, para obtener el correspondiente certificado; en caso de no dar cumplimiento a ello, se aplicarán las medidas previstas por las Ordenanzas vigentes.”

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Julio del año dos mil seis.

 

 

 

 

ENTRADAS

En Sesión Ordinaria de fecha 28 de Junio de 2006 y girado a las Comisiones de Legislación, interpretación y Acuerdos y Salud, Higiene y Asistencia Social.

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Julio de 2006.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Julio de 2006.-