. . .VISTO

El Artículo 41º de la Constitución Nacional, La Ley General de Ambiente Nº 25675, el Artículo 28º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, El Decreto-Ley 6769/58, la Resolución Nº 81/2021 del Ministerio de Ambiente  y Desarrollo Sostenible de la Nación; y

 

. . .CONSIDERANDO:

QUE el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación se encuentra implementando el programa Gobernanza Ambiental con el objeto de acompañar a los municipios en el abordaje de las problemáticas y necesidades existentes en materia ambiental en sus comunidades;

QUE los municipios que conforman el territorio nacional, además de conformar ecorregiones con problemas identificables, también tienen necesidades particulares y que este programa presenta una propuesta transversal en el que les da a cada municipio un rol especial como protagonista en las políticas públicas;

QUE el Programa cuenta con tres etapas planificadas que cuentan con la participación de los organismos municipales en materia ambiental y de los cuerpos deliberativos locales;

QUE el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible procura mejorar la gestión de gobiernos locales, atendiendo problemáticas específicas sin perder la mirada y el vínculo federal;

QUE los tiempos en los que vivimos requieren de organismos públicos capacitados para ejercer sus funciones de manera sostenible para el medio ambiente y con necesidad de tener un vínculo activo con la sociedad civil;

QUE por todas  las razones expuestas precedentemente:

 

El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Salto, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º –  Adhiérase el Municipio de Salto al programa Gobernanza Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, que tiene el objetivo de acompañar a los gobiernos locales en su involucramiento en problemáticas ambientales de carácter local.

 

ARTICULO 2º Autorízase al Departamento Ejecutivo a la suscripción del convenio marco entre la Municipalidad de Salto y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.

 

ARTICULO 3º –  Comuníquese al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los once días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Reingresado en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Julio de 2021 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Agosto de 2021.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Agosto de 2021.-