. . .VISTO

                        El Expediente Nº 187-E-2008 iniciado por Mensaje Nº 120/08 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

                        QUE por el mismo la Empresa MACRE CONSTRUCCIONES S.A. solicita autorización para ampliar la red de gas natural en Avenida Virginia Gemme entre calles Ricardo Balbín y Francisco de Cicco y Francisco de Cicco entre Avenida Virginia Gemme y Santiago del Estero de la ciudad de Salto;

                        QUE de los informes de las áreas pertinentes surge que no existen impedimentos para llevar adelante la obra;

 

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º – Autorízase a la Empresa MACRE CONSTRUCCIONES S.A. utilizar el espacio público subterráneo en Avenida Virginia Gemme entre calles Ricardo Balbín y Francisco de Cicco y Francisco de Cicco entre Avenida Virginia Gemme y Santiago del Estero de nuestra ciudad, para la realización de la obra de extensión de la red de gas natural, según croquis obrante a fs. 02 del Expediente Municipal Nº 4099-24.859/08 y 187-E-2008.-

 

ARTICULO 2º – Queda bajo la responsabilidad de CAMUZZI GAS PAMPEANA, el proyecto y la supervisión de la obra hasta la finalización de la misma.-

 

ARTICULO 3º – Los trabajos de corte o empalme de cañerías correspondiente a la DIRECCIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS SANITARIOS, que la empresa se viera obligada a afectar por los trabajos de la extensión de la red de gas natural, deberán contar con el aval del prestador, previa presentación del cronograma de trabajo, viéndose obligada a informar con cuarenta y ocho (48) horas de antelación cualquier cambio en el mismo.-

 

ARTICULO 4º – Serán solidariamente responsables de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a terceros, durante la ejecución de la obra, las Empresas MACRE CONSTRUCCIONES S.A. y CAMUZZI GAS PAMPEANA debiendo acompañar a la Municipalidad con 24 hs. de antelación al inicio de la obra Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por eventuales daños a terceros.-

 

ARTICULO 5º – La ocupación del espacio público subterráneo quedará sometida a la normativa de las Ordenanzas Nº 159/85 y 113/87.-

 

ARTICULO 6º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

*Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los 15 días del mes de Septiembre del año Dos Mil Ocho.

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                           

  1. Concejo Deliberante Municipal

                                    ( 2741) Salto ( Bs. As.)                      

             ///////////////                                                          ORDENANZA Nº 126/2008

EXPEDIENTE Nº 187-E-2008

 

 

ENTRADA

Ingreso en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Septiembre de 2008 y girado a la comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDA

En Sesión extraordinaria de fecha 15 de Septiembre de 2008, el proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.

Se envió copia del mismo tenor al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Septiembre de 2008