. . .VISTO

El Expediente Nº 146-E-2023 iniciado por Mensaje Nº 118/23 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se solicita la convalidación del convenio suscripto entre la Municipalidad de Salto y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

QUE el mencionado Convenio se da en el marco de la colaboración por parte de la Provincia de Buenos Aires a distintos municipios que la componen y tiene como finalidad financiar la ejecución del proyecto de obra “Carpeta asfáltica en Barrio El Salvador de Salto”;

QUE la Dirección de Asuntos Legales mediante Dictamen N° 1527/23 expresa que corresponde la convalidación del Convenio por parte del Honorable Concejo Deliberante debido a que el mismo afecta recursos coparticipables en concepto de afianzamiento por el cumplimiento de los objetivos propuestos;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – CONVALÍDASE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salto y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 4099-38785/23 o Nº 146-E-2023.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese. –

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los nueve días del mes de Agosto del año dos mil veintitrés.-

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Julio de 2023 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Agosto de 2023.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 11 de Agosto de 2023.-