. . .VISTO.

               La nota presentada por la ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES solicitando la aprobación de un bono contribución; y

 

. . .CONSIDERANDO.

  • QUE por la misma solicitan autorización para poner en circulación una serie de Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;

 

. . .POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º.  Autorízase a la ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES DE SALTO, a poner en circulación y venta, DOSCIENTOS CINCUENTA (250) BONOS CONTRIBUCION,  a un valor de PESOS DIEZ ($ 10.-) cada uno.-

 

ARTICULO 2º.  La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-

 

ARTICULO 3º.  La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar la venta de los Bonos Contribución enunciados en el articulo 1º, ante este Concejo  Deliberante.-

 

ARTICULO 4º.  Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-

 

ARTICULO 5º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Octubre del año 2008.

 

ENTRADA

En Sesión Ordinaria de fecha 22 de Octubre de 2008.

 

SALIDA

En Sesión Ordinaria de fecha 22 de Octubre del año 2008,  fue solicitado su tratamiento sobre tablas siendo aprobado el mismo.- El proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 29 de Octubre de 2008.