. . .VISTO

Presentación deducida de la Empresa “Víctor M. Contreras y Cia.”, por la cual solicita autorización para atravesar cursos de agua dentro del partido de salto, con el tendido de la red troncal de gas natural San Pedro-Salto, requerimiento exigido por la Empresa Camuzzi Gas Pampeana (fojas 3), como medida administrativa para aprobar la continuidad de la obra;

QUE de resultas de la presentación, el Departamento Ejecutivo dictara Decreto “ad-referendum” de la norma que en definitiva aprueba este Cuerpo deliberativo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE en sus fundamentos el Departamento Ejecutivo, al admitir la petición, asienta la resolución reiterando la naturaleza de los supuestos desagües “naturales”, sustento que no es compartido por este Concejo, por cuanto del ex+amen de “visu” llevado a cabo por los Sres. Concejales el día 12 de Septiembre de 2012, no se trata en verdad de cursos de aguas regulares;

QUE en su consecuencia no resultan de aplicación al tema en estudio los dispositivos del Código Civil;

QUE de los informes recabados se desprende que la obra debe observar extremos técnicos tales como soterramiento del caño conductor 2,50 mts. debajo de la base con recubrimiento en mampostería de hormigón, con el objeto de propender a la seguridad material de la obra;

QUE en su mérito es que  la legislación en vigor de la cual a la Autoridad del Agua es que compete su aplicación, no contempla extremos como el que se trata en el caso;

QUE es de toda urgencia e imprescindible resolución el dictado de norma que resuelva la cuestión, atento el requerimiento de la Empresa Camuzzi Gas Pampeana y la necesidad de continuar con la ejecución de la obra que, una vez terminada, habrá de cumplir con los requerimientos de la demanda de hogares e industrias de la Localidad;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – Con los antecedentes contenidos, implicando ello modificación de los fundamentos traídos en el instrumento dictado por el Departamento Ejecutivo, apruébase en cuanto a lo dispositivo el Decreto Nº 1265/2012, dictado “ad-referendum” de este Honorable Concejo Deliberante.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los doce días del mes de Septiembre del año dos mil doce.-

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión ordinaria de fecha 12 de Septiembre de 2012. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.

 

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de Septiembre de 2012.-

 

 


Expediente 206-E-2012
Ordenanza 149/2012