. . .VISTO:

               El Expediente Nº 180-E-2012 por el cual la Sra. Laura Elisabet Díaz  solicita escriturar  la Vivienda Nº 34 del Barrio 40 Viviendas “Plan Solidaridad” de esta ciudad; y

 

. . .CONSIDERANDO.

  • QUE la Vivienda se encuentra en condiciones técnicas de ser transferidas;
  • QUE a fojas 4 obra el Certificado de Libre Deuda, habiéndose cancelado la totalidad de las cuotas correspondientes a la Vivienda Nº 34 del Barrio 40 Viviendas “Plan Solidaridad” de esta ciudad;
  • QUE la peticionante solicita llevar adelante la escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

…POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z A

 

ARTICULO 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir  la ESCRITURACION de la Vivienda Nº 34 del Barrio 40 Viviendas “Plan Solidaridad” de la Ciudad de Salto a favor de la Sra. DIAZ, Laura Elisabet, D.N.I.: 20.032.688.-

 

ARTICULO 2º – Declárase de “Interés Social” la escrituración mencionada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, la que se realizará por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Septiembre del año dos mil doce.-

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Agosto de 2012 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

El proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Septiembre de 2012.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Septiembre de 2012.-

 


Expediente 180-E-2012
Ordenanza 153/2012