. . .VISTO

El Expediente Nº 220-E-2020 iniciado por Mensaje Nº 128/2020 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo los Sres. Ceriotti Mariano, Lucero Daniela Corina y Yapur Sarita solicitan la conexión a la red de efluentes cloacales en los inmuebles de su propiedad sitos en calle Haroldo Conti Nº 108 y Nº 112;

QUE la Dirección de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales informa a fs. 23/24 que para efectuar las conexiones solicitadas es necesario una ampliación de red de recolección de efluentes cloacales por lo que la obra debe realizarse bajo la modalidad de “Consorcios”, la cual consiste en que los frentistas se comprometen a adquirir la totalidad de los materiales y a reparar las veredas y/o pavimento si fuere necesario;

QUE dicha modalidad no supone erogación a esta Municipalidad y culminada la obra la misma pasará a ser automáticamente propiedad pública;

QUE a fs. 31/32 la Dirección de Asuntos Legales, mediante Dictamen Nº 579/2020 determina que se estaría en condiciones de acceder a efectuar la ampliación de la red de efluentes cloacales;

QUE corresponde a este Honorable Cuerpo autorizar el uso del espacio público;

 

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – Autorízase a los Sres. Ceriotti Mariano D.N.I. 28.142.485, Lucero Daniela D.N.I. 26.051.013 y Yapur Sarita D.N.I. 23.366.440 al uso del espacio público para la realización de la obra de AMPLIACIÓN de la RED CLOACAL en el inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN B, MANZANA 89b, PARCELA 1a – UNIDADES FUNCIONALES 2 y 3 de la ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 2ºLa Obra será ejecutada por Consorcio de Vecinos, Artículo 132º Inciso c) del Decreto Ley Nº 6769/58 y modificatorias.-

 

ARTÍCULO 3º – Las reparaciones por roturas de veredas correrán por cuenta de dicho Consorcio.-

 

ARTÍCULO 4º – La ocupación del Espacio Público Subterráneo, quedará sometida a la normativa de las Ordenanzas Nº 159/85 y Nº 180/09.-

 

ARTÍCULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los once días del mes de Noviembre del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Noviembre de 2020. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de Noviembre de 2020.-