…VISTO.

              El Expediente Nº 182-D-2005, nota y proyecto de Ordenanza del Bloque A.R.I., referido a la utilización de HIDROLAVADORAS en el Distrito de Salto; y

 

…CONSIDERANDO.

  • LA inexistencia de marco regulatorio para el uso de máquinas hidrolavadoras conectadas a la red de distribución de agua potable Municipal y alimentadas de ésta;
  • QUE el uso indiscriminado y no regulado del agua que consumen las máquinas hidrolavadoras utilizadas para limpieza de veredas y frentes comerciales y domiciliarios, disminuye significativamente el caudal y en consecuencia la presión de agua en la cañería de la red de distribución;
  • QUE la población de Salto se ve afectada, en la zona céntrica comercial, por una baja de presión ya que existe un elevado consumo del agua y en consecuencia un mal aprovechamiento del recurso;

 

…POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º.  Establécese en el ámbito del Partido de Salto la regulación del uso  del agua de la red de distribución Municipal por las Empresas y particulares que trabajan con MÁQUINAS HIDROLAVADORAS.-

 

ARTICULO 2º.  Créase el Registro de Usuarios de MÁQUINAS HIDROLAVADORAS en el Municipio de Salto.  Para el mismo se deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

Canon mensual:

Empresas y/o particulares con domicilio en Salto:  PESOS CINCUENTA ( $ 50.- )

 

Empresas y/o particulares con domicilio en otros Partidos: PESOS CIEN ( $ 100.- )

 

Patentes y seguro del automóvil al día (automotor portador de la máquina hidrolavadora)

 

Inscripción en A.F.I.P., Monotributo ó D.G.I.

 

V.T.V. Verificación Técnica Vehicular.-

 

ARTICULO 3º.  Prohíbese la colocación de bombas de MÁQUINAS HIDROLAVADORAS a la cañería de ingreso de agua al domicilio que se alimenta directamente de la red Municipal de distribución de agua potable.-

 

ARTICULO 4º.  Autorízase el uso de máquinas hidrolavadoras que contengan un tanque cisterna a nivel.

 

La bomba de la máquina hidrolavadora deberá estar conectada al tanque cisterna y este luego a la cañería de ingreso de agua al domicilio, evitando así el consumo de agua directa de la red.  Los usuarios podrán, previa autorización de la Dirección de Servicios Sanitarios Municipal, realizar la carga de los tanques cisternas en los tres pozos de riego destinados por el Municipio pertenecientes a la Dirección General de Inspección, a saber : POZO Nº 1: Corralón Municipal, POZO Nº 2: Reconquista y Maipú, POZO Nº 3: Avenida España y David Lanata.-

 

ARTICULO 5º.  Podrá efectuarse el uso de MÁQUINAS HIDROLAVADORAS en la zona céntrica comercial de lunes a viernes en el horario de 06:00 a 09:00 horas y en el resto de la ciudad de Salto de 06:00 a 18:00 horas, contemplando un uso responsable y evitando el derroche hídrico.-

 

ARTICULO 6º.  El incumplimiento del Artículo 2º de la presente Ordenanza, hará lugar a la aplicación de una multa de PESOS DOSCIENTOS ( $ 200.- ).-

 

ARTICULO 7º.  El incumplimiento del Artículo 3ro. de la presente Ordenanza hará lugar a la aplicación de una multa de PESOS CUATROCIENTOS ( $ 400.-).-

 

ARTICULO 8º.  Comuníquese al Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 9º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

*Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los  nueve días del mes de Noviembre del año Dos mil cinco.-

 

 

 

 

          María Ester Cassain                                             Dr. Marcelo Esperanza

                 Secretaria                                                                 Presidente

            H.C.D. de SALTO                                                     H.C.D. de SALTO

 

 

 

ENTRADA.

                  En la SESIÓN ORDINARIA de fecha 26 de Octubre de 2005, y destinado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos; y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDA.

              En la SESIÓN ORDINARIA de fecha 9 de Noviembre de 2005, dicho Proyecto fue fundamentado y aprobado en general y particular por unanimidad por el Honorable Cuerpo.-

Remitimos copia al Departamento Ejecutivo, con nota de estilo de fecha 11 de Noviembre de 2005.-