…VISTO.

               Mensaje Nº 140/2014 del Departamento Ejecutivo; mediante el cual la Sra. Norma Diógenes solicita escriturar  la Vivienda Nº 1 del Barrio 15 D por Autoconstrucción Asistida  de esta ciudad , que les fuera otorgada por Ordenanza Nº 144/88, al haberse cancelado la totalidad de las cuotas adeudadas; y

 

…CONSIDERANDO.

  • QUE la Vivienda ubicada catastralmente en la Circ. II, Sección A, Chacra 42, manzana 42 a, Parcela 1 b, según Plano de Mensura y División 67-4-99, se encuentra en condiciones técnicas de ser transferidas;
  • QUE a fojas 70, 78 y 79 obran los Certificados de Libre Deuda, habiéndose cancelado la totalidad de las cuotas correspondientes a la Vivienda Nº 8 del Barrio 15 D por Autoconstrucción Asistida de esta ciudad y no adeudando suma alguna en concepto de tasas municipales;
  • QUE la peticionante solicita llevar adelante la escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
  • QUE a fojas 21 a 44 obra la correspondiente encuesta socio-económica;
  • QUE mediante dictamen Nº  474/14, la Dirección de Asuntos Legales no encuentra inconvenientes a lo peticionado;

 

…POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir  la ESCRITURACION del Inmueble ubicado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCION II, SECCION A, CHACRA 42, MANZANA 42 a, PARCELA 1 b, a favor de la Sra.  DIOGENES, Norma, D.N.I.: 20.032.780, y sus hijos CABRERA, Verónica Vanesa, D.N.I.: 32.290.941, CABRERA, Juan José, D.N.I.: 33.745.018, CABRERA, Maximiliano Jesús, D.N.I.: 34.781.978, CABRERA, Franco Gabriel, D.N.I.: 37.275.440, CABRERA, Juana Rosalía, D.N.I.: 38.603.659, MANSILLA, Agustina Milagros, D.N.I.: 45.500.338, MANSILLA, Juan Manuel, D.N.I.: 46.637.782 y MANSILLA, Fernando Ezequiel, D.N.I.: 43.459.212, Vivienda Nº 1 del Barrio 15 D por Autoconstrucción Asistida de la Ciudad de Salto.

 

ARTICULO 2º.  Declarase de INTERES SOCIAL la Escrituración del inmueble mencionado en el Artículo 1ro., la que se realizará por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As.-

 

ARTICULO 3º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los ocho días del mes de Octubre del año dos mil catorce.-

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Septiembre de 2014 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Octubre de 2014.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Octubre de 2014.-

 

 

 

 

 

 


Ordenanza 167/2014