COMISION MUNICIPAL

DE LA JUVENTUD  (CO.MU.JU.)

 

 

* * * * * * * * * * El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º.  Créase la COMISIÓN MUNICIPAL DE LA JUVENTUD (CO.MU.JU.) la que dependerá del Departamento Ejecutivo.-

 

ARTICULO 2º.  Los miembros de la CO.MU.JU. deberán ser jóvenes representantes de Centros de Estudiantes de enseñanza media, de Sociedades de Fomento y de toda otra entidad civil o religiosa creada o a crearse en el Partido de Salto.-

 

ARTICULO 3º.  La designación del representante se hará de acuerdo al Estatuto de cada ente respectivamente.  Su mandato será anual, pudiendo ser reelectos, y el desempeño de sus funciones será ad-honorem.-

 

ARTICULO 4º.  Serán sus funciones:

  1. Fomentar el desarrollo de la conciencia democrática a través de la participación.-
  2. Promover la realización de encuentros juveniles donde se debatirán los temas que sean de su interés.-
  3. Debatir temas de interés general para la Comunidad de Salto y elevar sus conclusiones al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante.-
  4. Fomentar y desarrollar todo tipo de actividad social, cultural y deportiva.-
  5. Estimular el dialogo y el intercambio con otras organizaciones juveniles.-

 

ARTICULO 5º.  La CO.MU.JU. administrará fondos propios, producto de donaciones, aportes de sus miembros, subsidios y todo otro ingreso proveniente de su funcionamiento.-

 

ARTICULO 6º.  El Departamento Ejecutivo reglamentará el funcionamiento de la CO.MU.JU..-

 

ARTICULO 7º.  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Boletín Oficial y Archívese.-

*Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Noviembre del año mil novecientos ochenta y ocho.-

 

 

          Ricardo J. Alessandro                                     Orfelio J. Silva

                   Secretario                                                    Presidente

               H.C.D. de SALTO                                       H.C.D. de SALTO

 

 

ENTRADA.

                   En SESION ORDINARIA de fecha 25 de Octubre de 1.988 y destinado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDA.

              El Despacho de la Comisión, luego de las fundamentaciones de los Concejales Desimone y Bolasell, fue aprobado  en general y particular por unanimidad por el Honorable Cuerpo, en SESIÓN ORDINARIA de fecha 22 de Noviembre de 1.988.-

Se remitió copia de la presente al Departamento Ejecutivo, en nota de fecha 28 de Noviembre de 1.988.-

 

 

 

 

 

 


Expediente 237-D-1988
Ordenanza 179/1988