. . .VISTO

La concesión del Transporte Urbano de Pasajeros en la Ciudad de Salto y la Ordenanza Nº 122/2012 que reglamenta el Estacionamiento Medido en la zona urbana de la Ciudad cabecera del Partido; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE el Transporte Urbano de Pasajeros posee paradas de ascenso y descenso dentro del radio que fija la Ordenanza para el cobro del Estacionamiento Medido y tarifado;

QUE es necesario exceptuar del cobro las paradas mencionadas precedentemente para conocimiento del usuario y otorgarle además, el marco legal correspondiente;

QUE al respecto, es necesario modificar la Ordenanza que reglamenta el Estacionamiento Medido y Tarifado;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – MODIFICASE la Ordenanza Nº 122/2012 que reglamenta el Estacionamiento Medido y Tarifado en la Ciudad de Salto, incorporando el Artículo 4º Bis, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 4º BIS Establécese como Paradas de ascenso y descenso de personas para el Transporte Urbano de Pasajeros, con una longitud de DIEZ (10) MTS c/uno, los sectores que a continuación se detallan:

 

Calle SARMIENTO e/ MORENO y SAN PABLO al sur cordón oeste

Calle 9 DE JULIO e/ 25 DE MAYO y BUENOS AIRES al norte cordón este”

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los cinco días del mes de Noviembre del año dos mil catorce.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de Noviembre de 2014. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 06 de Noviembre de 2014.-

 


Expediente 272-D-2014
Ordenanza 192/2014