. . .VISTO

El Expediente Nº 115-E-2014 reingresado por Mensaje Nº 187/14 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE se trata de un Convenio de adecuación financiera, obrante a fojas 15/15 vta., con el objeto de culminar la construcción de 26 Viviendas de un total de 63 Viviendas en el Partido de Salto, correspondiente al Convenio Original Nº 09-095-12, suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos la ADDENDA al Convenio 09-095-12 firmada entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, obrante a fojas 15/15 vta.,  del Expediente Nº 4099-28745/12 Alcance 1 o Nº 115-E-2014, con relación a la adecuación del monto financiero Etapa I para la construcción de 26 Viviendas de un total de 63 Viviendas en el Partido de Salto.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto el día veintiséis de noviembre del año dos mil catorce.-

ENTRADA: Reingresado en la Sesión Ordinaria de fecha doce de noviembre del año dos mil catorce, como Asuntos Entrados y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Asuntos Rurales y Obras Públicas y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDA: En la Sesión Ordinaria de fecha veintiséis de noviembre del año dos mil catorce el Proyecto de las Comisiones fue aprobado por la unanimidad del Cuerpo Legislativo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 1 de diciembre de 2014.-


Expediente 115-E-2014
Ordenanza 220/2014