. . .VISTO

La nota presentada por el Secretario del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Salto, Sr. Francisco Dordoni ante esta Secretaría; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por la misma solicita autorización para poner en circulación 2500 Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;

 

. . .POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – Autorízase al CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SALTO, a la puesta en circulación y venta de DOS MIL QUINIENTOS (2500) BONOS CONTRIBUCION, a un valor de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada uno, pagaderos en TRES (03) CUOTAS iguales y consecutivas de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) cada una.-

 

ARTICULO 2º – La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-

 

ARTICULO 3º – La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-

 

ARTICULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintisiete días del mes de Diciembre del año dos mil veintitrés.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de Diciembre de 2023. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 29 de Diciembre de 2023.-