…VISTO

El Expediente Nº 087-E-2024 iniciado por Mensaje Nº 065/2024 del Departamento Ejecutivo; y

 

 

…CONSIDERANDO

 

QUE por el mismo la empresa Ingeniería del Suelo Sociedad de Responsabilidad Limitada solicita autorización para llevar adelante la obra de extensión de la Red de Gas Natural en calle Camila Rolón Nº 907 de la ciudad de Salto;

QUE la obra corresponde al Proyecto de la Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A N.º 08-006235-00-17;

 

QUE a fojas 19 la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto informa que no existen instalaciones de cables subterráneos en la zona de calle Camila Rolón y Tacuarí;

 

QUE a fojas 20 la empresa Telefónica de Argentina informa de la inexistencia de interferencias en la zona mencionada;

 

QUE a fojas 27/28 la Dirección de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales da cuenta de la ubicación de las conexiones de la Red de Agua Potable y de Efluentes Cloacales en la zona de Camila Rolón y Tacuarí;

 

QUE de la restante documentación obrante en las actuaciones se desprende que no existen impedimentos para autorizar la realización de las obras en cuestión;

 

…POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º:  AUTORÍZASE a la empresa Ingeniería del Suelo SRL al uso del espacio público subterráneo en calle Camila Rolón e/ Tacuarí y French de la Ciudad de Salto, para la realización de la obra de ampliación de la Red de Gas Natural, según Proyecto Nº 08-006235-00-17 obrante a fojas 2 del Expediente Nº 4099-39583/24 o 087-E-2024.-

 

ARTICULO 2º:  Queda bajo la responsabilidad de Camuzzi Gas Pampeana el proyecto y la supervisión de la obra, hasta la finalización de la misma. –

 

ARTICULO 3º:  Los trabajos de corte o empalme de cañerías correspondientes a la Dirección Municipal de Servicios Sanitarios, que la empresa se viera obligada a afectar por los trabajos de la extensión de la red de gas natural, deberán contar con el aval del prestador, previa presentación del cronograma de trabajo, viéndose obligada a informar con 24 (veinticuatro) horas de antelación cualquier cambio en el mismo. –

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 4°:  Serán solidariamente responsables de los daños y perjuicios que pudiera ocasionarse a terceros, durante la ejecución de las obras, las firmas Ingeniería del Suelo SRL y Camuzzi Gas Pampeana S.A.-

 

ARTICULO 5°: La ocupación del espacio público subterráneo quedará sometida a la normativa de las Ordenanzas N.º 159/85 y 113/87.-

 

ARTICULO 6:  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Asuntos Entrados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de junio de 2024 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas. –

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 26 de junio de 2024.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de junio de 2024