. . .VISTO

El Expediente Nº 044-E-2025 iniciado por Mensaje Nº 034/2025 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo la Sra. Robador Laura Cecilia solicita la conexión a la red de efluentes cloacales en el inmueble ubicado sito   en calle Sanabria entre Aristóbulo del Valle y Sarmiento de nuestra ciudad. Acompaña documentación inherente al trámite en cuestión: copia D.N.I, carta certificada de escritura en trámite, copia de plano y certificado de libre deuda;

QUE la Dirección de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales informa que para la conexión solicitada es necesario una ampliación de la misma con una extensión total de 40 mts. por calle Sanabria, vereda Sureste hasta empalmar con la red existente en intersección con Aristóbulo del Valle;

QUE la ejecución de la obra en cuestión debe realizarse bajo la modalidad de “consorcio” la cual consiste en que los frentistas se comprometen a adquirir la totalidad de los materiales y a reparar los daños que pudiera ocasionar dicha obra en veredas y pavimientos;

QUE dicha modalidad no supone erogación a esta Municipalidad y culminada la obra la misma pasará a ser automáticamente propiedad pública;

QUE a fs. 16/17 obra la nota por la cual la solicitante se compromete a la adquisición de la totalidad de los materiales necesarios y a la reparación de veredas y/o pavimento en caso que corresponda;

QUE a fs. 19 la Dirección de Asuntos Legales determina que se estaría en condiciones de acceder a efectuar la ampliación de la red de efluentes cloacales;

QUE corresponde a este Honorable Cuerpo autorizar el uso del espacio público;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º – Autorizase a la Sra. Robador Laura Cecilia, D.N.I. N° 23.271.039, al uso del espacio público para la realización de la obra de ampliación de la red cloacal en el inmueble identificado catastralmente como CIRC. I, SECC. A, MZA. 9 PAR. 1C de la ciudad de Salto. –

 

ARTICULO 2ºLa Obra será ejecutada por Consorcio de Vecinos, Artículo 132º Inciso c) del Decreto Ley Nº 6769/58 y modificatorias. –

 

ARTÍCULO 3º – Las reparaciones por roturas de veredas correrán por cuenta de dicho Consorcio. –

 

ARTÍCULO 4º – La ocupación del espacio público subterráneo quedará sometida a la normativa de las Ordenanzas Nº 159/85 y N° 297/18- Plan de Ordenamiento Urbano Territorial. –

 

ARTÍCULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro oficial y Digesto, cumplido, archívese. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADA Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de abril de 2025 como Asuntos Entrados y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas. –

 

SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo de 2025. Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 16 de mayo de 2025.-