. . .VISTO
La Ordenanza N°025/2017 que reglamenta el funcionamiento de la Casa Municipal de Estudios y los Anexos I y II que reglamentan el otorgamiento de Becas y las pautas de convivencia internas; y
. . .CONSIDERANDO
QUE la norma legislativa actualmente vigente data del año 2017;
QUE por tal motivo la normativa vigente se encuentra desactualizada en cuanto a las variables e indicadores que conforman los criterios de preselección de los becarios y becarias que forman parte del Anexo I;
QUE en idéntica situación se encuentran algunos puntos del Anexo II en relación al Reglamento Interno de funcionamiento de la Casa Municipal de Estudios;
QUE la Comisión de Becas de este cuerpo dictaminó la necesidad de adecuación de la normativa vigente a las circunstancias actuales;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º – Modifíquese el Artículo 16° -TITULO VII de la Ordenanza N°025/17, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “la Comisión Interna Rotativa (creada según Art. 3 Anexo II) informará de forma escrita y con firma de al menos dos integrantes de la comisión, las infracciones al Reglamento en que incurran los becados, no pudiendo establecer sanciones. El Honorable Concejo Deliberante, previa evaluación de la Comisión de Becas, aplicará las sanciones pertinentes”. –
ARTÍCULO 2º – Deróguese el Artículo 4° del Anexo I Reglamento para el Otorgamiento de Becas. –
ARTÍCULO 3° – Modifíquese el Artículo 7° del Anexo I- Reglamento para el Otorgamiento de Becas, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “para la elección de los beneficiarios la Comisión de Becas tendrá en consideración todos los aspectos que permitan evaluar el mérito para la obtención del beneficio otorgando un orden. Dicho orden se aplicará en la instancia de preselección conforme a un sistema de puntaje diferencial que tendrá en cuenta:
- Lo detallado con carácter de declaración jurada por los/las aspirantes en su solicitud y otras variables socioeconómicas y académicas, integradas por los siguientes indicadores:
7-A. Pertenecer a un grupo prioritario (integraran este grupo renovantes del beneficio, egresados de escuela de gestión estatal, personas con discapacidad certificada)
7-B. Nivel socioeconómico de los hogares de los postulantes, calculado en función de los ingresos totales declarados y la cantidad de miembros del grupo familiar
7-C. Edad del postulante, conforme la misma se acerque o aleje de la media de edad para cada carrera
7-D. Situación jurídica del inmueble del grupo familiar que habitan
7- E. No adeudar materias de Nivel Secundario
7- F. Promedio de notas de Nivel Secundario
7- G. Haber cumplimentado en forma, lugares y tiempos los requisitos o documentos exigidos para cada convocatoria
7- H. Elección de una carrera que no se esté dictando en el distrito de salto.”
ARTÍCULO 4° – Modifíquese el Artículo 2° del Anexo II- Reglamento Interno del funcionamiento de la Casa Municipal de Estudios, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “queda prohibido el ingreso de personas ajenas a la casa Municipal de Estudios, – salvo expresa autorización de la Comisión de Becas. Ante su infracción la Comisión podrá sancionar al becario con la sanción máxima de desadjudicación de la beca prevista en el artículo 15 del presente anexo”. –
ARTÍCULO 5° – Modifíquese el Artículo 3° del Anexo II- Reglamento Interno del funcionamiento de la Casa Municipal de Estudios, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “los becados serán representados por una Comisión Interna rotativa. La misma estará integrada por tres de ellos, electos anualmente por mayoría. Cada renovación de su conformación, debe notificarse por escrito al correo institucional de la secretaría del H.C.D. Dicha Comisión canalizará toda sugerencia o aporte que contribuya a mejorar las condiciones de habitabilidad y/o convivencia de la casa y deberá informar trimestralmente por escrito y con firma de al menos dos de sus integrantes, del cumplimiento o infracciones de este Reglamento por los becados, así como una copia del acta de reuniones con temario incluido”. –
ARTÍCULO 6° – Modifíquese el Artículo 11° del Anexo II- Reglamento Interno del funcionamiento de la Casa Municipal de Estudios, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “las ausencias de los becados que se prolonguen más de 7 días, serán comunicadas de inmediato a la Comisión de Becas, por escrito, a través del correo institucional de la secretaria del H.C.D.”-
ARTÍCULO 7° – Modifíquese el Artículo 15° del Anexo II- Reglamento Interno del funcionamiento de la Casa Municipal de Estudios, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “las infracciones al presente Reglamento serán comunicadas por escrito al mail institucional por la Comisión Interna de turno a la Comisión de Becas del H.C.D. la cual evaluará la falta cometida y según la gravedad asignada y previo descargo del becado, podrá imponer las siguientes sanciones y aprobado por el HCD: a) Apercibimiento b) Suspensión de la beca por tiempo determinado c) Caducidad de la beca d) Expulsión. El expulsado no será admitido para otros períodos de Becas. Se calificarán como faltas graves, los desórdenes de conducta relacionados con el consumo de alcohol u otras sustancias, la violencia física o psicológica y el ingreso no autorizado de personas ajenas a la casa de estudios”. –
ARTÍCULO 8° – Incorpórese al Anexo III la ficha de solicitud de renovación de becas cuyo modelo se anexa como parte de la presente. –
ARTÍCULO 9° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese. –
ENTRADA Ingresado como Correspondencia Recibida en Sesión Ordinaria de fecha 08 de octubre de 2025 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Becas. –
SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 22 de octubre de 2025. Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de octubre de 2025.-
Anexo III- FICHA DE ASPIRANTE A RENOVACIÓN DE BECAS
SOLICITUD DE RENOVACIÓN ANUAL DE BECAS
- APELLIDO Y NOMBRE:
- N.I:
- FECHA DE NACIMIENTO:
- DOMICILIO:
- TELÉFONO:
- CARRERA:
- FACULTAD:
- AÑO DE INGRESO:
- CANTIDAD DE MATERIAS APROBADAS:
- PROMEDIO DE MATERIAS APROBADAS- ANALÍTICO:
SOLICITO RENOVACIÓN ANUAL DE BECA:
FIRMA …………………………………