. . .VISTO

QUE la Ordenanza 025/2017 y su anexo I contemplan los lineamientos establecidos para la inscripción en la casa de Estudios; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE es necesario modificar la normado en el artículo 3° del Anexo I) de lo Ordenanza 025/2017, dado que en la misma se fija “La inscripción se llevará a cabo desde el 1º día hábil de la segunda semana del mes de noviembre, hasta el 1º día hábil de la segunda semana de diciembre de cada año” lo que reflejaría la cantidad de aspirantes alrededor del 15 de diciembre;

QUE posterior a la inscripción, el ejecutivo debe proceder a hacer las consiguientes ENCUESTAS SOCIALES  a los aspirantes al/los lugares disponibles;

QUE para poder analizar los aspirantes es imprescindible la encuesta social y   resulta impracticable que las mismas se realicen en una sola semana; ya que las mismas deben ser devueltas a este H.C.D. para que la comisión de becas pueda realizar la selección y dar una respuesta a los aspirantes;

QUE resulta ineludible dar una respuesta a los inscriptos antes de la segunda semana de Enero para que las familias, en caso de no ser elegidos, puedan evaluar sus opciones;

 

. . .POR ELLO 

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º –  Modificase el artículo 3° del Anexo I) de lo Ordenanza 025/2017 el que quedara redactado de la siguiente manera:

 

ARTICULO 3° :

  1. Para los aspirantes a ingresar a la casa de estudios de la ciudad de La Plata la inscripción se llevará a cabo desde el 1º de noviembre hasta el 30 de noviembre  año calendario.-
  2. Para los aspirantes a la renovación de la Beca, la inscripción se llevará a cabo entre el 1º y el 15 de diciembre”.-

ARTICULO 2° – Agrégase al anexo I) de la ordenanza 025/2017 el artículo 4BIS el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTÍCULO 4º BIS: Es facultad de la comisión de Becas solicitar de los Becados una nueva encuesta socio-económica cada dos años de renovación de la misma”.-

 

ARTÍCULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los nueve días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho.-

ENTRADAS

 

Ingresado como correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 12 de Enero de 2018 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Mayo de 2018.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Mayo de 2018.-

 

 

 

 


Expediente 012-D-2018
Ordenanza 058/2018