. . .VISTO
El Expediente Nº 095-D-2015 iniciado con nota y Proyecto de Minuta de Comunicación del los Bloques de Concejales de C.A.S. y Frente Renovador; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mencionado Proyecto se solicitaba al Departamento Ejecutivo a abstenerse de otorgar todo acto escriturario, hasta tanto se aprobara el Marco regulatorio del Banco de Tierras Municipal;
QUE ya se ha concretado el Marco regulatorio del banco de Tierras;
QUE además el Artículo 52º del Reglamento Interno de este Cuerpo, expresa que “Todo proyecto o asunto que no fuere votado o considerado definitivamente en el período de Sesiones que se presenta o en el siguiente será pasado directamente al archivo”;
QUE no existen motivos para que el presente expediente continúe en el seno de las Comisiones Permanentes del Cuerpo;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO el Expediente Nº 095-D-2015, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido; archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintitrés días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia Fuera del orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Mayo de 2015 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del H. Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Mayo de 2018.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Mayo de 2018.