. . .VISTO

El Expediente Nº 095-D-2015 iniciado con nota y Proyecto de Minuta de Comunicación del los Bloques de Concejales de C.A.S. y Frente Renovador; y

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mencionado Proyecto se solicitaba al Departamento Ejecutivo a abstenerse de otorgar todo acto escriturario, hasta tanto se aprobara el Marco regulatorio del Banco de Tierras Municipal;

QUE ya se ha concretado el Marco regulatorio del banco de Tierras;

QUE además el Artículo 52º del Reglamento Interno de este Cuerpo, expresa que “Todo proyecto o asunto que no fuere votado o considerado definitivamente en el período de Sesiones que se presenta o en el siguiente será pasado directamente al archivo”;

QUE no existen motivos para que el presente expediente continúe en el seno de las Comisiones Permanentes del Cuerpo;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO  el Expediente Nº 095-D-2015, por los motivos expuestos en el exordio.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido; archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintitrés días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho.-

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia Fuera del orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Mayo de 2015 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del H. Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Mayo de 2018.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Mayo de 2018.


Expediente 095-D-2015
Ordenanza 034/2018