. . .VISTO
El Expediente Nº 100-E-2018 iniciado por Mensaje Nº 076/18 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE, por el mismo se eleva nota de la Asociación Cooperadora de la E.E.P. Nº 1;
QUE la mencionada Institución, solicita la eximición del 5% correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de la rifa organizada por la misma, autorizada por Decreto Municipal Nº 717/18;
QUE, se trata de una Institución sin fines de lucro;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º. Exímese a la ASOCIACIÓN COOPERADORA de la E.E.P. Nº 1 del depósito equivalente al 5% del monto total de la RIFA de la Institución, autorizada por Decreto Nº 717/18, correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 014/96, Artículo 9º y 10º del Decreto – Ley 9403/79 y su modificatoria Ley 11.349.-
ARTICULO 2º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los trece días del mes de Junio del año dos mil dieciocho.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Mayo de 2018 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Junio de 2018.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 19 de Junio de 2018.-