. . .VISTO
El Expediente Nº 282-D-2018 iniciado por nota y Proyecto de Resolución del Bloque de Concejales del Frente Renovador – UNA; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se rechazaba la Resolución Nº 20/18 del Poder Ejecutivo Nacional, por la que los usuarios debían compensar a las empresas prestadoras de gas las pérdidas de estas por la devaluación;
QUE la Resolución fue dejada sin efecto por el mismo Poder Ejecutivo Nacional;
QUE no existen motivos para que el presente expediente continúe en el seno de las Comisiones Permanentes del Cuerpo;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO el Expediente Nº 282-D-2018, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticuatro días del mes de Octubre del año 2018.-
ENTRADAS
Ingresado como correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Octubre de 2018 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El Proyecto de la comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Octubre de 2018.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 30 de Octubre de 2018.-