. . .VISTO
El Expediente Nº 356-E-2016; y
. . .CONSIDERANDO
QUE, mediante el mencionado expediente el Sr. Eduardo Sosa solicitó autorización para instalar en un espacio público un juego inflable tipo pelotero;
QUE, lo solicitado es incompatible con el criterio de este Cuerpo, que ha dictaminado para otros casos particulares en los que se ve comprometida la seguridad de los transeúntes y los usuarios de los juegos que operen a través de los espacios privados que disponen de las medidas de seguridad e higiene correspondientes;
QUE, es potestad de este Cuerpo autorizar o desautorizar el uso del espacio público;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º – DENIEGASE la solicitud presentada por el Sr. SOSA, Eduardo, D.N.I.: 11.213.029, a utilizar el espacio público para la instalación de un juego infable tipo pelotero.-
ARTÍCULO 2º – Destínase al ARCHIVO el Expediente Nº 356-E-2016, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintidós días del mes de Febrero del año dos mil diecisiete.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de Diciembre de 2016 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de Febrero de 2017.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Marzo de 2017.-