VISTO…

                        El Expediente 060-E-2017 iniciado por Mensaje Nº 043/17 del Departamento Ejecutivo;  y

 CONSIDERANDO…

QUE, mediante el mismo tramita la licitación privada Nº 02/17 que tiene por objeto la realización de la obra para la reparación de la cubierta de la escuela primaria Nº 14 de la localidad de Berdier;

QUE conforme las previsiones legales se efectuó el correspondiente llamado a Licitación Privada, en merito al monto presupuestado de la obra y de acuerdo al Artículo 133º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

QUE abierto el acto licitatorio surge la presentación de dos (2) oferentes, siendo rechazada en el Acto de Apertura de Propuestas la Oferta del Sr. Jorge Rey por presentar una garantía de oferta insuficiente  de acuerdo al Pliego único de Bases y Condiciones;

QUE la única oferta válida verificada se conjuga con la disposición del artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y a fs. 1 queda consignado que la financiación habrá de proveerse con el Fondo para la Educación, la Cultura, las Artes, la Ciencia y la Técnica, Ley Nº 14.393;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N  Z A

 

ARTICULO 1º –  Facultase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. ATENCIO, Hector, DNI: 23.664.053 la ejecución de la obra para la reparación de la cubierta de la Escuela Primaria Nº 14 de la localidad de Berdier, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 619.968,78).-

 

ARTICULO 2º –  La obra se asistirá con  el Fondo para la Educación, la Cultura, las Artes, la Ciencia y la Técnica, Ley 14.393, presupuesto fiscal 2016 de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º  – La Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad – sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar y Gestión Distrital dependiente de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones obrante a Fojas 71 a 78 del Expediente Nº 4099- 32.929/16 o Nº 060-E-2017, deberá efectuar el control de calidad de la obra durante el curso de ejecución.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintiséis días del mes de Abril del año dos mil diecisiete.-

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Abril de 2017 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Abril de 2017.-

 

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 02 de Mayo de 2017.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Expediente 060-E-2017
Ordenanza 054/2017