. . .VISTO
La nota presentada por el Sr. Walter Daniel Testa; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma solicita un espacio reservado para el estacionamiento de automóviles y/o ambulancia para el ascenso y descenso de personas con discapacidad sobre Avenida Mitre Nº 231;
QUE en dicho domicilio funciona el Centro Médico Mederi;
QUE la Directora de Tránsito y Control urbano a fs. 27 considera factible la solicitud realizada;
QUE este Cuerpo Deliberativo considera viable el pedido;
QUE el lugar deberá estar debidamente demarcado, con los colores que exige la legislación en vigencia;
…POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º. Autorizase al Centro Médico Méderi, al uso del espacio público para la demarcación de un espacio destinado al estacionamiento de vehículos y/o ambulancia para el ascenso y descenso de personas con discapacidad, frente al edificio donde funciona el centro médico, sito en Avenida Mitre Nº 231 de esta ciudad.-
ARTICULO 2º. El espacio a demarcar mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, deberá estar debidamente demarcado, de acuerdo a la legislación vigente.-
ARTICULO 3º. Hágase conocer a la Institución peticionante sobre lo dispuesto en el Artículo 2º.-
ARTICULO 4º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintiséis días del mes de Julio del año dos mil diecisiete.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de Marzo de 2017 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Asuntos Rurales y Obras Públicas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Julio de 2017.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 1º de Agosto de 2017.-