…VISTO
La nota presentada por el Rotary Club Salto; y
…CONSIDERANDO
QUE, por la misma solicita la eximición del 5% correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de la rifa organizada por la institución;
QUE es potestad de este Cuerpo otorgar eximiciones;
QUE corresponde otorgarle el marco legal correspondiente;
…POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º. Exímese al ROTARY CLUB SALTO del depósito equivalente al 5% del monto total de la RIFA autorizada por Decreto Municipal Nº 1.190/17, correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 014/96, Artículo 9º y 10º del Decreto – Ley 9403/79 y su modificatoria Ley 11.349.-
ARTICULO 2º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los once días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Septiembre de 2017 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Octubre de 2017.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 17 de Octubre de 2017.-