. . .VISTO
El Expediente Nº 349-E-2016 iniciado por Mensaje Nº 274/16 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo se solicita la convalidación del Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salto y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires;
QUE se trata de un Convenio por el cual el Ministerio Provincial se obliga a subvencionar mensualmente 230 becas que se distribuyen entre los comedores comunitarios de Barrio Trocha, Valacco y Retiro para la atención gratuita de niños de ambos sexos, de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con riesgo ambiental;
QUE se trata de un convenio de vital importancia para mejorar la calidad de vida de un importante sector de la población;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos el CONVENIO suscripto entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE SALTO, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 4099-32.874/16 o Nº 349-E-2016, por el cual el Ministerio Provincial se obliga a subvencionar mensualmente 230 becas que se distribuyen entre los comedores comunitarios de Barrio Trocha, Valacco y Retiro para la atención gratuita de niños de ambos sexos de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con riesgo ambiental.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.-
ENTRADAS
Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de Noviembre de 2016. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 1º de Diciembre de 2016.-