. . .VISTO
Los Expedientes 176-D-2014 Y 182-D-2014; y
. . .CONSIDERANDO
- QUE, según el Art. 52 del Reglamento Interno “Todo proyecto o asunto que no fuera votado o considerado definitivamente en el periodo de Sesiones que se trata o en el siguiente será pasado directamente a archivo…”
- QUE, por lo anterior, se trata de expedientes que ya han cumplido los requisitos reglamentarios para que se encuentren en el seno de las Comisiones permanentes de este Cuerpo;
…POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º. Destínense al ARCHIVO los Expedientes Nº 176-D-2014 y Nº 182-D-2014 por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis.-
ENTRADA
Ingresados como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio de 2014 y girados a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Agosto de 2016.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 30 de Agosto de 2016.-