. . .VISTO
El Expediente Nº 130-E-2016 iniciado por Mensaje Nº 110/16 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo el Departamento Ejecutivo solicita el dictado de una norma legislativa que implique la desafiliación del Municipio de Salto a la Federación Argentina de Municipios;
QUE el argumento se basa en el alto costo de la cuota, en momentos en que se trabaja en una estricta racionalización de los recursos;
QUE es potestad del Cuerpo Deliberativo derogar la Ordenanza por la cual se autorizó la afiliación a esa institución provincial;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – DEROGASE la Ordenanza Nº 020/2008.-
ARTICULO 2º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a iniciar las tramitaciones correspondientes para llevar adelante la desafiliación a la FEDERACION ARGENTINA DE MUNICIPIOS (F.A.M.).-
ARTICULO 3º – HAGASE llegar copia de la presente norma legislativa a las autoridades de la FEDERACION ARGENTINA DE MUNICIPIOS (F.A.M.)
ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis.-
ENTRADAS
Ingresado Fuera del orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Mayo de 2016 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
SALIDAS
El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Agosto de 2016.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 30 de Agosto de 2016.-